Finalmente, tenemos Ley Fintech en Chile 🇨🇱. Este proyecto se presentó hace un año (el 3 de septiembre 2021) en la Cámara de Diputados y ahora sólo queda la firma del Presidente y la publicación en el Diario Oficial.

La Ley Fintech entrega un marco regulatorio a la industria financiera de Chile, que permite la inclusión de distintos agentes del ecosistema fintech en la industria, para impulsar la economía digital chilena.

Esto representa un avance gigante para empresas fintech, y principalmente para las que empiecen a prestar servicios de Iniciación de Pago, porque:

1. Mejora el actual ecosistema financiero, dando incentivos para sus distintos actores.

Por un lado, genera la posibilidad de nuevas alianzas - para pagos y uso de datos bancarios - entre fintechs y otras instituciones financieras. Esto es fundamental para que el usuario final pueda tener mejores precios y para que los comercios puedan tener más opciones en la búsqueda de medios de pago.

Por otro lado, al haber más competencia e incentivos se genera más transparencia y mejor educación financiera.

2. Actualiza tecnológicamente la industria a un nivel mundial.

Hay un marco de operación inicial, que sirve para sentar bases de cómo va a ser regulado con todas sus autoridades regulatorias claras (CMF, UAF, SII y Banco Central) y con normas base que permitirán a las fintech de Iniciación de Pagos anticiparse a prohibiciones y licencias.

También, la Ley Fintech incorpora como principios algunos conceptos que permiten que el usuario final y las autoridades tengan mayor conocimiento sobre cómo operan las empresas que tienen que regular. Estos principios son:

a. Proporcionalidad: las exigencias van en función del riesgo para la sociedad. No se va a fiscalizar de la misma forma a un banco que a una fintech con 50 usuarios.

b. Modularidad: los servicios tecnológicos serán regulados en función de su giro o servicio específico. Por ejemplo un Iniciador de Pagos no será regulado de la misma forma que una fintech crediticia o un asesor de inversión.

c. Neutralidad: la autoridad no va a definir las tecnologías a usarse ya que estas cambian muy rápido, y sería arbitrario privilegiar tecnología A sobre tecnología B. En el ejemplo de los Iniciadores de Pago: si el objetivo es conectarse a los bancos, no privilegiar APIs sobre webscraping o webscraping sobre API es ser neutro.

Ejemplo de Iniciación de Pagos de Fintoc

3. Incentiva que haya nuevas normas y autoridades en materias de normativa secundaria, datos personales, cumplimiento y ciberseguridad.

Esto es muy importante para el futuro porque:

a)  Normativa secundaria: la CMF tendrá que dictar normas de ejecución concretas (por ej. adoptar un estándar de seguridad internacional) para este marco regulatorio en donde necesariamente va a tener que conocer lo que está regulando. Así las fintech tendrán respuestas claras de qué se exige y porqué se exige eso en la ejecución de los pagos con uso de Open Banking.

b) Datos personales: esta ley promueve tener una nueva ley de Protección de Datos Personales que va a beneficiar al usuario final, con una autoridad que velará por sus datos, sanciones más duras y derechos mejor regulados.

c) Cumplimiento: esta ley promueve tener mecanismos preventivos para cumplir con leyes de manera clara. También aclara vacíos de otras leyes que no dejaban claro hasta dónde podían llegar ciertas autoridades regulatorias. Así las fintechs sabrán qué se exige y porqué se exige eso en la actualización de su Modelo de Prevención de Delitos.

d) Ciberseguridad: esta ley promueve que la seguridad sea fundamental en el uso de la información de los usuarios finales y en la ejecución de los pagos.

¿Cómo funciona esto en otros países de LatAm?

Los 3 países más avanzados en materia legal son Brasil, México y Colombia. Hay mucha variación entre ellos, sobretodo en la ejecución de las leyes y del contexto de cada país.

Brasil

Fue siendo desplegada en 4 fases, que partieron desde febrero 2021 y terminaron en marzo 2022. En cada una de estas fases se hace una distinción por materias a abordarse por parte de los distintos agentes del ecosistema, partiendo por compartir datos transaccionales básicos hasta llegar a un sistema que permite compartir información sobre inversiones, pensiones, seguros, productos de intercambio, entre otros, además de iniciación de pagos.

Además de la adopción en fases escalonadas, creemos que lo más destacable del sistema brasileño es PIX: un nuevo sistema de transferencias instantáneo y gratuito que en menos de 2 años ya es el método de pago más usado en Brasil.

Uso de PIX durante el primer año del lanzamiento. Fuente: Banco Central do Brasil

Colombia

En Julio de 2022 fue publicado un decreto que dicta las reglas de implementación de Open Finance. Su aplicación es voluntaria para las distintas instituciones financieras. Una consecuencia de esto, es que a los bancos no se les obligará a compartir sus APIs con fintechs y otros participantes.

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) tendrá el plazo de un año para establecer estándares tecnológicos y de seguridad para toda la nueva arquitectura de Open Finance a implementarse.

Este nuevo decreto tiene algunas cosas interesantes, como permitir la comercialización de: I) datos (teniendo siempre la autorización expresa del Usuario Final) y II) de la tecnología y la infraestructura que utilice la entidad vigilada para la prestación de sus servicios. Este último punto es muy interesante, ya que de alguna manera introduce el concepto  de Fintech as a Service. 👀

México

Hasta la fecha de hoy, la regulación de Open Finance en México se encuentra aún en una primera fase de implementación. Desde marzo del 2020, no se han emitido reglas secundarias y complementarias a la Ley para regular Instituciones de Tecnología Financiera (tanto Ley Fintech como normativa financiera más general). Estas instituciones han tenido que adecuarse a distintas normativas para pretender operar con seguridad en un mercado con muchos matices y dificultades.

Las reglas secundarias darían luz verde para que las instituciones financieras compartan datos transaccionales de los usuarios y a su vez darían mayor certeza en una industria que no se ha actualizado de una manera debida a nuevos servicios relacionados a tecnología financiera. El avance (de conversaciones y de búsqueda de respuestas adecuadas) está liderado por la iniciativa privada, principalmente por el sector fintech e instituciones de información crediticia.

¿Cómo responde Fintoc a esto?

Llevamos siguiendo todos los pasos de la Ley Fintech (no solo la discusión parlamentaria si no su impacto en el ecosistema financiero general) y creemos que ser regulados es importantísimo por tres cosas:

I) Para que todos los actores puedan tener reglas claras respecto a su campo de acción. Esto tanto para Bancos, Fintechs, Comercios y usuarios finales.

II) Para establecer un objetivo en común, que en el caso del Proyecto de Ley Fintech, es poder darle el mejor servicio posible a los usuarios finales, dueños de sus datos financieros.

III) Nos permitirá generar nuevas alianzas para pagos con instituciones financieras.



Además, nos acerca a trabajar con reglas más claras con los bancos, competir de igual a igual con empresas de mayor antigüedad en el ecosistema de pagos (gracias al principio de neutralidad), tener reglas claras de qué se exige y porqué se exige eso en la ejecución de los pagos, además de justificar pleno cumplimiento al elemento de ciberseguridad, ya que estamos certificados con el riguroso estándar ISO 27001.

También seguimos muy de cerca los avances que se dan en Open Finance a lo largo del mundo, para poder incorporar a nuestros servicios y a la discusión muchas cosas que (en un análisis comparado) podrían ejecutarse o discutirse con otro enfoque. Siempre con el objetivo de dar un mejor servicio a nuestros clientes y usuarios finales.